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El SRI mediante resolución amplia los plazos para presentar anexos

Pablo Carrillo, Community Manager en RCPA C.A
07 de abril de 2020
Reloj y planta

El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución NAC-DGERCGC20-00000032, dispuso ampliar por única vez los plazos de presentación de los siguientes anexos:

El Anexo de Dividendos (Anexo ADI) correspondiente al ejercicio fiscal 2019 se debe presentar en junio de 2020, de acuerdo al siguiente al siguiente calendario y dígito de RUC:

El Anexo de Cuentas Financieras de No Residentes (Anexo CRS) se debe presentar en julio de 2020, de acuerdo al siguiente calendario y dígito de RUC:

El Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas y el Informe Integral de Precios de Transferencia correspondiente al ejercicio fiscal 2019 se debe presentar en octubre de 2020, de acuerdo al siguiente al siguiente calendario y dígito de RUC:

El Informe de Cumplimiento Tributario-ICT correspondiente al ejercicio fiscal 2019 se debe presentar en noviembre de 2020, de acuerdo al siguiente al siguiente calendario y dígito de RUC:

De igual forma la declaración patrimonial correspondiente al año 2020 deberá presentarse en el mes de junio de 2020, de acuerdo al siguiente al siguiente calendario y dígito de RUC:

Por su parte, el Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID), cuya presentación debía realizarse en los meses de marzo y abril de 2020 y cuyo plazo para tal efecto fue reformado por el artículo 1 de la Resolución No. SRI-SRI-2020-0002-R de 20 de marzo de 2020, deberá realizarse hasta el 28 de mayo de 2020.

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